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tribunales de excepción

Reforma al CPP contempla que delitos donde hay muchas víctimas y acusados, y los hechos sean de trascendencia social, deben ser juzgados en Managua, aunque estos hechos ocurran en otro departamento. LA PRENSA /URIEL MOLINA ARCHIVO

Reformas propuestas por Ortega darán vida a tribunales de excepción

La iniciativa de reforma al Código Procesal Penal de Nicaragua (CPP) o Ley 406, enviada por el poder legislativo a la Asamblea Nacional “es inconstitucional y lo que persigue es la centralización de la justicia en operadores políticos de Managua”, afirman abogados penalistas

La iniciativa de reforma al Código Procesal Penal de Nicaragua (CPP) o Ley 406, enviada por el poder legislativo a la Asamblea Nacional “es inconstitucional y lo que persigue es la centralización de la justicia en operadores políticos de Managua”, afirman abogados penalistas.

Según la iniciativa de reforma al artículo 22 del CPP, en cuanto a la competencia territorial, proponen agregar un acápite 7 que prácticamente deja a elección del Ministerio Público dónde acusar a los procesados por delitos graves como narcotráfico, crimen organizado y otros de trascendencia social.

Esta propuesta lo que pretende es legalizar lo que los jueces y la Fiscalía venían haciendo de hecho, que es sustraer de su juez competente a los procesados de casos relevantes o de trascendencia social y juzgarlos en la capital.

Tal fue el caso conocido como “la masacre del 19 de julio”, la masacre de policías en Punta Gorda, los trabajadores que protestaron en Chichigalpa y Mina El Limón, todos fueron procesados ilegalmente en Managua.

“Esta reforma lo que crea son juzgados de excepción como los juzgados del somocismo, que constitucionalmente están prohibidos y que si te traen a ellos ya sabés que vas condenado, hay irrespeto al debido proceso”, explicó Róger Alvarado, exfiscal miembro de la Unidad Contra el Crimen Organizado de Managua, del Ministerio Público.

Alvarado agregó que esa centralización de poder en manos de operadores del sistema de justicia lo que hace es violentar cada vez más el Estado de Derecho de los nicaragüenses. “Para que ese artículo sea vigente tendrán que reformar la Constitución, artículo 34, en su numeral dos, sobre el derecho del reo de ser juzgado por juez competente y no ser llevado a jurisdicción de excepción. Esta propuesta es completamente inconstitucional”, dijo el penalista.

Daños a la familia

Cuando las autoridades sustraen a los procesados de su juez competente crean problemas a las familias de estos porque implica gastos económicos el hecho de trasladarse a la capital, donde tienen que pagar alojamiento, comida y tienen costumbres distintas.

La otra propuesta de reforma al CPP, de parte del Ejecutivo, es ampliar la gama de delitos que serán conocidos o juzgados por un juez técnico casi desapareciendo la labor del jurado de conciencia, que es el derecho del pueblo de impartir justicia y cercenando el derecho de los reos de ser juzgados por estos.

“Básicamente todos los delitos graves quedaron bajo el juzgamiento del juez técnico y hay una vulneración al derecho constitucional del reo de elegir ser juzgado por un jurado de conciencia y de la ciudadanía en el sentido de poder administrar justicia, pues esta emana del pueblo dice la Constitución”, expresó la abogada penalista Amy García, ex procuradora nacional penal de Nicaragua.

Lea además: Nicaragua: asesinatos de mujeres quedan en impunidad

Para el abogado penalista Nelson Cortez, esta iniciativa de reformas procesales tiene graves implicancias en materia de derechos fundamentales y humanos.

“Son un retroceso en materia de garantías constitucionales, porque están cambiando o reformando un derecho fundamental a través de la reforma a una ley ordinaria, lo cual no es correcto, pues no es el procedimiento. Tanto en la sustracción del juez competente que estarían dando paso a tribunales especiales, así como el hecho de casi eliminar a los jurados de conciencia de participar en la administración de justicia”, dijo Cortez.

Incremento de penas

Respecto a las reformas al Código Penal que básicamente se concentraron en aumentar las penas entre 5 y 10 años en delitos como parricidio y violación a menor de 14 años entre otros, la penalista Amy García aseguró que lo que hacen es retar al delincuente a cometer delitos más graves.

“El trabajo debe ser preventivo y no punitivo. Vamos para atrás porque quitás las comisarías de la mujer que es trabajo preventivo y aumentás la punición, que solo sirve de carga al Estado en los sistemas penitenciarios”, dijo García.

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COMENTARIOS

  1. El patriota
    Hace 7 años

    Está reforma sería inconstitucional totalmente, y para que se pueda dar
    habría que reformarmar la constitución. Tratar de eliminar los jurados de conciencia es un llamado absoluto a la corrupcion, si ya existen problemas con algunos jueces corruptos que reciben órdenes para sentenciar o absolver a alguien, imagínense cuando comiencen las coimas, se está desnaturalizando el sistema judicial, cada día que pasa parece más a una tiranía que a un gobierno democrático.

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