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Juan Ramón Avilés Molina

Elecciones y ciudadanos

Ha venido siendo planteado por algunos expositores que la actuación de un sistema electoral en un país es un asunto excepcional de los partidos políticos, lo cual en mi opinión no es correcto. La suscripción popular es una vía alternativa democrática para que determinado número de ciudadanos, que voluntariamente decidan hacer propuestas electorales en una circunscripción territorial, así lo ejerzan.

Los verdaderos actores de un sistema electoral son los ciudadanos. Los electores son los ciudadanos, los electos son ciudadanos, los administradores del sistema electoral son ciudadanos. Los partidos políticos y las organizaciones de suscripción popular son vehículos a través de los cuales algunos ciudadanos se organizan para realizar propuestas políticas a la población. Es el ciudadano quien como resultado del proceso electoral recibe a unas autoridades electas que interfieren en muchos aspectos sociales y económicos en sus vidas.

Hace algunos años participé representando a un organismo de sociedad civil en el Grupo Promotor de Reformas Electorales. Se analizaron los vicios presentados en diversos procesos electorales nacionales que gestaron desconfianza en las autoridades electorales, y una crisis política mantenida ante la violación de la voluntad de la población para gozar de un sistema electoral confiable. Se requería, y hoy se requiere, devolver la confianza al ciudadano en el proceso de elección mediante la garantía de procesos electorales transparentes que respeten la voluntad del electorado.

Se planteó reformas a la Ley Electoral para que el sistema tenga plena autonomía y no dependiera de decisiones político partidarias, esto es, un sistema independiente. Actualizando el criterio de entonces, hoy se requiere que los Consejos Electorales Departamentales, Regionales y Municipales no sean monopolizados por los partidos mayoritarios por sí o a través de otros micropartidos socios y asociaciones de obscuros intereses y que el nombramiento de miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) sea de una lista de ciudadanos seleccionados de manera aleatoria del Padrón Electoral Municipal, y no de un listado de partidos políticos. Demás está indicar el reemplazo de todos los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE) mediante un proceso público de selección de postulantes con prestigio profesional y ético, desvinculados de cualquier línea partidista.

El sistema debe ser inclusivo, esto es, promover alternativas de participación de actores. Por ejemplo, flexibilizar las condiciones para inscribir nuevos partidos políticos y alianzas de los mismos desde niveles nacionales hasta municipales, conservando su propia identidad partidaria; regular el derecho de iniciativa ciudadana para que se convoque a plebiscitos y referendos con un mínimo de firmas; que el votante pueda escoger directamente a su candidato a diputado o concejal de listas cerradas pero no bloqueadas, esto es que el votante o elector pueda cambiar el orden de la lista de candidatos según su preferencia; presentar candidaturas por suscripción popular no solo en elecciones municipales y regionales sino también a diputados departamentales; garantizar un mínimo de candidatos a los jóvenes entre 21 y 30 años; garantizar y hacer efectivo el derecho del ejercicio del voto a los nicaragüenses residentes en otros países.

Al ciudadano debe garantizársele conocer personalmente, en vivo y directo el desarrollo, conteo y resultados del proceso electoral, o sea la debida transparencia. Debe divulgarse la totalidad de los resultados preliminares conforme se vayan presentando por JRV basados en original de las Actas de Escrutinio, asimismo presentar el detalle por municipio de los resultados provisionales y finales; organizar los tipos de recursos en materia de votación, escrutinio y transmisión de resultados, y no dejar de evacuar y resolver ningún tipo de impugnación excusándose en falta de requisitos de forma; obligatoriedad del CSE de acreditar observadores electorales nacionales e internacionales. Quedan en el tintero los temas de Ley de Partidos Políticos y del Instituto de Cedulación, los cuales son complementarios a cualquier reforma a la Ley Electoral.

El autor es doctor en Derecho.

Opinión elecciones archivo
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