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/ Yalí Molina Palacios

La elección en AmCham

Hoy se celebrará la elección de los seis nuevos directores de la Cámara de Comercio Americana de Nicaragua (AmCham), una elección importante pues son esos seis directores, junto con los otros seis que aún tienen un año por delante, los que decidirán no solo quienes van a ser las nuevas autoridades dentro de la Junta Directiva, sino que también el devolverle a la Cámara su verdadera razón de existir.

Y ante el argumento público de un sector de que “se trata de impulsar una agenda desde el interés nacional y no de grandes corporaciones extranjeras” es que en mi calidad de vicepresidente de la Asociación de Cámaras de Comercio de América Latina y el Caribe comparto este artículo para que todo quede claro, pues la naturaleza de AmCham es precisamente defender y representar a empresas norteamericanas y también a nacionales.

Toda AmCham en el mundo existe para desarrollar los intereses comerciales privados estadounidenses en el país anfitrión para el beneficio mutuo de ambos países. Es por eso que la membresía de una AmCham y la conformación de su junta directiva tienen que cumplir con ciertos principios y estándares establecidos en dos documentos básicos y que son: en primer lugar The Principles to Govern American Chambers of Commerce Abroad (Principios que gobiernan a las Cámaras Americanas de Comercio fuera de los Estados Unidos) tal y como fueran aprobados por la US Chamber of Commerce (Cámara de Comercio de los EE.UU.) en 1947 y posteriormente enmendados en 1981, y en segundo lugar por los estándares contenidos en el Best Practices Manual (Manual de Prácticas Mejores) publicado por AACCLA, la Asociación de Cámaras de Comercio de América Latina y el Caribe en el año 2010.

Estos principios y estándares establecen en relación con la membresía, que la misma deberá estar compuesta: 1- por ciudadanos de los EE. UU., 2- por empresas registradas legalmente en el país y controladas por capital de los EE. UU. y 3- por ciudadanos y empresas del país anfitrión que mantienen relaciones comerciales con los EE. UU.

En relación con la conformación de la Junta Directiva los mismos documentos establecen que la mayoría de sus miembros deberán ser ciudadanos de los EE. UU. o de cualquier nacionalidad siempre y cuando sean representantes de empresas registradas legalmente en el país y controladas por capital de los EE. UU. De manera muy clara los mismos requisitos se establecen que o el presidente o el primer vicepresidente o sean ciudadanos norteamericanos o representen a una empresa estadounidense.

Mantener la “Americanidad” de la AmCham es algo que no se puede obviar, no solamente porque es fundamental para el presente y el futuro de la misma, sino también porque así lo establecen los principios y estándares establecidos por la US Chamber of Commerce y AACCLA a las que la AmCham Nicaragua pertenece. Como vicepresidente de AACCLA insto para que hoy por la tarde en la elección de nuevos directores, tanto la Asamblea General, máxima autoridad de nuestra Cámara, como los doce directores que conformarán la nueva Junta Directiva y el Fiscal, velen porque se dé cumplimiento a todo lo aclarado anteriormente.

Para terminar, lo más importante es saber de que la existencia AmCham como Cámara de Comercio Americana está ligada a la acreditación y reconocimiento de la USC y que cualquier incumplimiento a la americanidad de la misma, pondría en riesgo su acreditación. Así es que no tiene ningún sentido el eliminar de las cámaras binacionales a las empresas extranjeras.
El autor es vicepresidente de AACCLA.

Opinión Amcham Estados Unidos archivo
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