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/ Julio Icaza Gallard

Reflexiones tras las sentencias de la CIJ

Las recientes sentencias de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en el caso de la compensación debida por Nicaragua a Costa Rica y los límites marítimos en el Pacífico y el Caribe entre ambas naciones, deben servir como punto de partida para un replanteamiento serio de la política de fronteras. Poco sentido tiene hacer cálculos sobre lo que ganó y perdió cada parte en términos territoriales, ante un hecho irreversible e invariable, escrito en piedra, como es una sentencia del más alto tribunal de justicia del mundo. Debemos ver hacia el futuro, tomando en cuenta los graves errores cometidos y que llevaron a la Corte a condenar a Nicaragua en forma reiterada por violar la soberanía de Costa Rica, obligándola a pagar la correspondiente indemnización y a retirar de inmediato el campamento militar establecido en territorio tico. Esto, y las graves amenazas que se ciernen sobre el futuro sostenible del río San Juan, deberían ser las principales materias de reflexión.

Lo que ha puesto de relieve la pasada sentencia del 16 de diciembre de 2015 y las dos recientes del 2 de febrero de 2018, no es la supuesta torpeza de quienes dirigen la política de fronteras y administran los tratados y fallos de la Corte. Haber dejado el manejo de estos delicados asuntos en manos de militares, ignorantes y aventureros, no es un hecho fortuito. Las condenas a Nicaragua por parte de la Corte han puesto en evidencia no la estupidez de Edén Pastora, en su labor de remover lodo y excavar antojadizas zanjas, sino la manipulación fría y descarada de estos asuntos por parte de Daniel Ortega, con el fin de agitar el sentimiento nacionalista y desviar la atención de su ilegal reelección, los fraudes electorales y reformas constitucionales que le han permitido consolidar su dictadura. El verdadero responsable es el jefe de Estado y de Gobierno, quien tiene entre sus funciones dirigir la política exterior, no los agentes provocadores a sueldo, no los sucios soldados con una bandera en harapos que fueron apostados en isla Portillos, no los jóvenes agitadores movilizados con engaño a los Humedales. Él es quien en primer lugar debe responder por los daños y perjuicios causados, de acuerdo al principio constitucional de responsabilidad del Estado y sus funcionarios.

Como Mokorón, en tiempos de Somoza, este caso quedará en la historia como ejemplo de la más burda manipulación política de los problemas territoriales hecha por una dictadura.

La manipulación de los sentimientos nacionales ha sido y seguirá siendo una tentación para los políticos de izquierda y derecha, pero los riesgos de esa estrategia tan peligrosa y dañina se reducen considerablemente cuando existe una democracia con instituciones sólidas, en la que los asuntos de Estado son tratados con la más amplia participación ciudadana. Los Congresos y Comisiones de Expertos, la transparencia en la información, la prensa y la opinión pública en general, juegan un papel de gran importancia. Un régimen de fronteras militarizado, como el establecido en la Ley 749, con un Ejército encargado de la interpretación y aplicación de las sentencias de la Corte, como establece el Decreto 079-2009, con todo lo que esto significa de visión estrecha y decimonónica de la soberanía nacional, no nos lleva a ninguna parte y, por el contrario, mantiene el terreno abonado para la manipulación constante y la fabricación de altercados con los países vecinos.

La segunda gran reflexión debe ir dirigida hacia el formidable reto que supone la preservación y el desarrollo sostenible del río San Juan. Respetados científicos, especialistas en materia de agua, han propuesto la aplicación de un enfoque integral de cuenca hidrográfica, que exige la cooperación y el compromiso de ambos países. La naturaleza desconoce mojones y fronteras y el río es una unidad ecológica indivisible, que como tal exige ser tratado. Al ser el Gran Lago su principal fuente de agua, Nicaragua tiene una especial responsabilidad en su preservación y sostenimiento. La entrega a intereses oscuros de una parte importante de esta cuenca y una franja que parte por la mitad al lago, con la finalidad de construir un canal interoceánico, se erige como el primer gran obstáculo. La derogación de la Ley 840 es, así, parte fundamental de la lucha por la vida del río y su extraordinaria riqueza biológica y paisajística.

El autor es jurista y catedrático.

Opinión CIJ conflicto Costa Rica Nicaragua archivo
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