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Interés superior de la niñez

El derecho a la vida es inviolable e inherente a la persona humana. En Nicaragua no hay pena de muerte, dice nuestra Constitución (Arto. 23). Además, reconoce los tratados internacionales sobre derechos humanos (Arto. 46). Y la Declaración Universal estipula que todo individuo tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad de su persona.

Con respecto a la niñez, nuestra Carta Magna expresa que goza de protección especial y de todos los derechos que su condición requiere, por lo cual tiene plena vigencia la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la Niña. (Arto. 71). Dicha convención establece que los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida (Arto.6). Y velarán por que ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (Arto. 37). Y una consideración primordial que se atenderá será el interés superior del niño, en todas las medidas que tomen las instituciones (Arto. 3). El Código de la Niñez y la Adolescencia establece el deber de asegurar, con absoluta prioridad, el cumplimiento de sus derechos; y que la garantía de esa absoluta prioridad comprende (entre otros) la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia (Arto. 7).

La Convención dice que los Estados Partes reconocen, respetarán y promoverán el derecho del niño al descanso, el esparcimiento, juego, actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes (Arto. 31). Y el Código, que tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, educación, tiempo libre, medio ambiente sano, vivienda, cultura, recreación… (Arto. 33).

La Constitución reconoce a la familia como el núcleo fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de parte de esta y del Estado (Arto. 70). La Convención establece que ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio (Arto. 16).

¿Por qué se dejó que los niños murieran calcinados? ¿Por qué no se les socorrió? ¿Por qué incendiaron su vivienda? ¿Por qué invaden, destruyen sus casas? ¿Por qué un disparo acaba con la vida de un niño en los brazos de su padre? ¿Por qué un adolescente tiene que arrodillarse para suplicar por su vida? ¿Por qué los torturan, desnudan, roban? ¿Por qué disparan donde hay niños? ¿En parques, calles de su barrio o en sus casas? ¿Por qué el ambiente de tensión, amenazas, detonaciones y gases lacrimógenos? ¿Por qué los niños tienen que sufrir al ver llorar a sus madres, tías, abuelas? ¿Por qué les arrebatan a sus padres? ¿Por qué se les asesina, detiene, tortura o desaparece? ¿Por qué lágrimas inocentes y no risas y juegos? ¿Por qué segar la vida de criaturas? ¿Por qué truncarles sus sueños? ¿Por qué muchos ya no asisten a la escuela y a sus clases de música, danza o pintura? O simplemente ¿jugar y correr?

¿Es ese el interés superior de niñas, niños y adolescentes por el que debemos velar? Todo se ha trastocado, ahora los padres no ríen por las gracias de sus hijos, sino que los hijos lloran ante el llanto o ausencia de sus padres.

La Constitución y las leyes ya no son ni siquiera papel mojado o letra muerta, sino pedazos ensangrentados. La han violado, amputado e injertado. Y todavía quieren una salida constitucional; pero aquí las reglas las pone el pueblo. Nicaragua dice basta, ¡basta ya! Todo tiene su tiempo. El poder soberano aplicará una salida “demos-cratos”, y hará limpieza de la Constitución.

Y una última pregunta: ¿Por qué no se van? Ya.

La autora es educadora.

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