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JuanGuaidó, Venezuela

Juan Guaidó (en el centro) tras asumir como nuevo presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela. LA PRENSA/ EFE

Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declara “inconstitucional” a la Asamblea Nacional

El Supremo aseguró no reconocer al opositor Juan Guaidó como presidente del Parlamento, de contundente mayoría opositora

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró este lunes que la Asamblea Nacional (AN, Parlamento), de contundente mayoría opositora, es “inconstitucional” y “no tiene junta directiva”, por tanto no reconocen al opositor Juan Guaidó como presidente de la Cámara.

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La Sala Constitucional del TSJ explicó que hace esta declaración en vista de la “omisión constitucional reiterada” en que ha incurrido el Legislativo, un órgano que fue declarado en “desacato” por el Supremo, pocas semanas después de que el oficialismo perdiera la mayoría de los escaños.

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El Parlamento venezolano no reconoce la legitimidad de Nicolás Maduro, que juró este mes su segundo mandato que lo mantendrá en el poder hasta el año 2025. Ante ello, el Legislativo ha llamado a las Fuerzas Armadas a no reconocer el mandato de Maduro y ha prometido amnistía a todos los funcionarios que ayuden a “restablecer el hilo constitucional” en el país caribeño.

El máximo tribunal del país advierte que el “ejercicio írrito del poder público”, en alusión a la presidencia de Guaidó, “acarrea responsabilidad individual con motivo de la violación del texto constitucional”.

En este sentido, insta al Ministerio Público a “determinar la correspondiente responsabilidad penal, civil y administrativa” de quienes hayan incurrido en usurpación de competencias del poder público.

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Para el TSJ es “inadmisible” e “inaudito” la actuación de la Cámara, especialmente en cuatro resoluciones aprobadas este mes en las que declaran usurpador de la Presidencia de la República a Nicolás Maduro y prometen amnistiar a todos los funcionarios, civiles y militares, que desobedezcan al jefe del Estado.

Con estas acciones, siempre según el Supremo, los diputados están violando la Constitución y desconociendo a los poderes Judicial, Electoral, Ejecutivo y a los ciudadanos que votaron por Maduro en los comicios de mayo, señalados de fraudulentos y no reconocidos por numerosos Gobiernos.

Los magistrados también rechazaron por “inconstitucionales” los acuerdos legislativos que buscan el ingreso de ayuda humanitaria al país y la intención del Parlamento de recuperar del extranjero activos ligados a la corrupción en empresas públicas venezolanas.

“Quienes se opongan deliberada y conscientemente a una orden (…) se arriesgan a que en su contra se activen los mecanismos de desobediencia”, advierte la Alta Corte que, remarca, tomó estas decisiones “en protección de la constitución”.

Además, el TSJ declaró que en “ningún caso y bajo ningún concepto puede asumir un Parlamento la acción de gobierno y la administración de la Hacienda pública” en alusión a los dirigentes locales y gobiernos extranjeros que reconocen a la AN como único poder legítimo en Venezuela.

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El Supremo “ratifica la inconstitucionalidad por omisión del poder legislativo nacional” y les acusa de actuar con “irracionalidad jurídica” en varios temas.

Un día después de que Maduro jurase su segundo mandato, que lo mantendrá en el poder hasta 2025, Guaidó pidió apoyo civil, militar y extranjero para asumir el Gobierno en vista de la “ilegitimidad” que achacan al líder chavista.

Internacionales Juan Guaidó Nicolás Maduro Venezuela archivo

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