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Embargos por mora en facturas por consumo de energía sí afectarán a residenciales y pequeños negocios, advierten cámaras de empresas privadas

"Si hacen el cambio (en la Ley) todos los que paguen en más de 1,500 córdobas al mes por consumo de energía serán sujetos a la aplicación de esta Ley. No es que solo las empresas, sino que todo residencial clase media, todos están sujetas a esta ley", afirmó el presidente de la Cámara de Energía

César Zamora, presidente de la Cámara de Energía de Nicaragua (CEN), explicó a LA PRENSA que la reforma a la Ley de Estabilidad Energética (Ley 554) en realidad si expondrá al embargo judicial por mora a los clientes de residenciales, pequeños y medianos negocios, en los que sus consumos de energía eléctrica superan los 300 kilovatios hora al mes, por lo que es falso que las acciones judiciales por incumplimiento de pago sean dirigidas exclusivamente a las grandes empresas.

De esta forma, el sector empresarial desmiente a los diputados del régimen en que los embargos por mora en la factura de energía eléctrica sólo afectarán a los grandes consumidores (especialmente empresas). Los empresarios señalan que la reforma a la Ley de Estabilidad Energética propuesta afectará a un gran universo de los clientes, debido a que el rango de más de 300 kilovatios de hora al mes, significaría en realidad que se podrá judicializar a los usuarios con cobros que andan en el rango a partir de los 1,500 córdobas mensual.

“Hablamos que el consumo de menos de los 300 kilovatios (hora al mes) son a la gente que le sale menos de 1,500 córdobas en su cobro de la factura. Por lo tanto, si hacen el cambio (en la ley) todos los que paguen en promedio más de 1,500 córdobas al mes por consumo de energía, serán sujetos a la aplicación de esta Ley (y ser embargados cuando caigan en mora). No es que solo las empresas, sino que todo residencial clase media, está sujeta a esta ley”, afirmó el empresario Zamora.

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El dictador Daniel Ortega propuso reformar el artículo 5 de la Ley 554 para facultar a la distribuidora de energía a utilizar las facturas “legalmente en mora” como “títulos judiciales”, para embargar a los morosos.

Esa es otra política de Ortega en detrimento de la población para favorecer a la distribuidora eléctrica Disnorte-Dissur, para ayudarla a recuperar las pérdidas por comercialización que se han incrementado del 5 al 10 por ciento de la facturación.

Las pérdidas se estiman en 350 millones de córdobas (unos 10.6 millones de dólares) que sería consecuencia de que las familias están dejando de pagar, debido a que sus ingresos se les han reducido ya sea porque perdieron sus empleos, o sus ingresos económicos no les ajustan para cubrir todos los gastos, como consecuencia de la crisis económica y el incremento de los impuestos aplicados por la dictadura orteguista.

Dado el rechazo de la población hacia la medida, los diputados del régimen en la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos, hicieron algunos cambios a lo propuesta estableciendo que los embargos judiciales no sería aplicable a los consumidores menores a los 300 kilovatios hora al mes.

Además, los embargos procederán una vez que se hagan agotado los reclamos de los clientes cuando no estén de acuerdo con el cobro del servicio, por la vía administrativa primero en la distribuidora, y posteriormente en el Instituto Nicaragüense de Energía (INE), ente regulador del sector.

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Zamora refirió que se estima que alrededor del 30 por ciento de los clientes de la distribuidora Disnorte-Dissur quedarán expuestos a ser embargados judicialmente, si caen en mora. Ese porcentaje representan 361,238 de los clientes de la distribuidora, siendo un universo mayor a los que aseguraron los diputados orteguistas de la población que sería afectada.

El Instituto Nicaragüense de Energía (INE) registraban poco más de 1.2 millones de clientes recibiendo el servicio de energía eléctrica. Ese es el dato disponible hasta marzo del 2019 en el sitio web del ente regulador.

Conimipyme pide subir límite al consumo de 400 kwh al mes

La Cámara de Energía de Nicaragua (CEN) no fue invitada a la consulta de la reforma a la Ley 554 realizada en la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional. Los diputados orteguistas excluyeron de la consulta a las cámaras asociadas al Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep).

Los únicos aceptados en la consulta restringida fueron los del Consejo Nicaragüense de Pequeña y Mediana Empresa (Conimipyme), quienes avalaron que se otorgue la propuesta para facultar legalmente a Disnorte-Dissur para judicializar y embargar a los clientes morosos usando las facturas no pagadas.

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Zamora insistió en dudar de que procesar a los morosos resuelva el problema de caja de Disnorte-Dissur. “Es una experiencia que no se ha visto en ninguna parte del mundo. La distribuidora da un servicio y por tanto debería de mejorar su relación con sus clientes. Debería buscar mecanismos más tradicionales, como planes de repago de las facturas vencidas”, consideró el empresario.

Leonardo Torres, presidente de Conimipyme al salir de la consulta en la Comisión de Servicios Públicos, este viernes 25 de octubre, respaldó lo propuesto por el régimen argumentando que “todos los ciudadanos debemos de honrar nuestro pago de energía eléctrica”. Incluso Torres pidió que las autoridades sean más efectivas contra la población haciendo más efectiva la Ley antifraude contra los usuarios por conexiones ilegales.

No obstante, Torres reconoció que lo propuesto por el régimen afecta a los pequeños y medianos negocios, por lo que Conimipyme  pidió a los diputados orteguistas que los embargos judiciales por mora “no se aplique a los clientes que consuman menos de 400 kilovatios hora al mes”, es decir que se suba el límite de consumo propuesto para emprender un embargo.

“Creemos que hasta 300 kilovatios se beneficia a las personas naturales, pero (subiendo) 100 kilovatios más se beneficiaría a la micro y pequeña empresas”, dijo Torres. Según el dato de Conimipyme, solo 70 negocios pequeños y medianos negocios estarían en mora en su factura de energía.

Otro punto solicitado es que en la Ley se establezca que las inspecciones que realizan los técnicos de la distribuidora sean máximo hasta las 6:00 de la tarde, y que sean de lunes a sábado.

Según Torres las pérdidas que registra Disnorte-Dissur es “una mezcla de fraude y de la mora”, aunque reconoció que la empresa no es transparente sobre el problema.

“También hay que regañarla penalizando a la distribuidora (porque) deben ser más claro con lo de las pérdidas técnicas de la que vienen hablando desde años. ¿Qué han hecho? Nadie sabe qué han hecho (para reducirlas). Tiene que dar la cara la distribuidora, porque esta es una empresa privada donde el Estado tiene un porcentaje minoritario, y que se comprometan a reducirlas las pérdidas en el mediano y largo plazo”, dijo el presidente de Conimipyme.

Orteguistas no ceden

Torres, quien es aliado del régimen orteguista, fracasó porque sus propuestas no fueron aceptadas en la Comisión de Servicios Públicas. La orteguista presidenta de esa Comisión, Jenny Martínez, reiteró que en el dictamen de la reforma a la Ley 554 se mantiene que los usuarios menores a los 300 kilovatios hora al mes son los que quedan excluidos de poder ser embargados judicialmente por la distribuidora de energía cuando caigan en mora. Martínez aceptó que la mayoría de los morosos no son empresas. sino que “hay de todo segmento”, pero insistió en que en total  16,500 clientes deudores que representan una deuda de 350 millones de córdobas.

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