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Código Procesal Penal, detención, represión, sandinistas, diputados,

Edwin Castro, jefe de la bancada FSLN, (centro) y la diputada, María Auxiliadora Martínez. LA PRENSA/ TOMADO DE ASAMBLEA NACIONAL

Jueces decidirán discrecionalmente mantener a una persona detenida, sin una acusación, hasta tres meses

Con esta reforma al Código Procesal Penal se faculta al "juez de garantía constitucional" para que, si se lo pide la Fiscalía, ordenar la detención de entre 15 a 90 días de una persona, para que la Policía siga investigando si el ciudadano está o no vinculado a un delito

A los diputados sandinistas les bastó escuchar el visto bueno de los representantes de los órganos de represión judicial de la dictadura, como son la Policía, la Fiscalía, la Procuraduría General de la República y la Corte Suprema de Justicia, para avalar la aprobación de la reforma al Código Procesal Penal (CPP), que extiende de las 48 horas a los 15 y 90 días la detención de una persona que sea vinculada a un delito, aún sin habérsele acusado formalmente.

Con esta reforma se faculta al “juez de audiencia” que pasará a ser llamado “juez de garantía constitucional” para que, si se lo pide la Fiscalía, ordenar la detención de entre 15 a 90 días de una persona, para que la Policía siga investigando si el ciudadano está o no vinculado a un delito. La persona quedará presa sin que haya una acusación formal en su contra.

De esta manera el régimen legaliza la forma en que viene operando la PO, quien detiene arbitrariamente a cualquier ciudadano, sobre todo opositores, manteniéndolo semanas e incluso meses preso y hasta después le acusa de un delito inventado, según han denunciado abogados y organismos sociales.

A pesar de la trascendencia de la medida y del rechazo que ha tenido entre los organismos defensores de derechos humanos y movimientos sociales, la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional solo realizó un día de consulta, el pasado viernes 29 de enero, de la propuesta de la reforma al CPP. A la consulta solo invitaron a funcionarios del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo. Se trató de un mero trámite, ya que la propuesta de cambiar el CPP es parte de la estrategia de todas las entidades de la dictadura para endurecer las leyes, para usarlas con fines políticos contra los sectores opositores.

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De nuevo los legisladores sandinistas excluyeron del proceso de formación de las leyes a las asociaciones de abogados, partidos opositores y organismos de la sociedad civil, quienes han denunciado que la detención hasta por tres meses de un ciudadano tiene el objetivo de legalizar la práctica violatoria de la Policía Orteguista (PO) y la Fiscalía que han estado cometiendo contra los opositores a la dictadura, en el contexto de la represión desde abril del 2018.

Al quedar listo el dictamen de la reforma, está previsto que se apruebe el próximo martes 2 de febrero, cuando se someta a discusión en el plenario en donde el partido Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) tiene 70 de los 91 diputados, lo que le permite pasar todas las leyes de interés de Ortega y Murillo.

“Justicia inquisitiva”

El diputado del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), Jimmy Blandón, presentó un voto razonado en contra de la reforma al CPP, denunciando que se instaurará “una justicia inquisitiva”.

“El Estado está creando un modelo de justicia penal represiva con la aplicación de políticas de persecución penal, institucionalizando la tolerancia cero o derecho penal contra el enemigo”, expuso Blandón en el texto que sustenta el voto en contra que ejercerá la bancada del PLC (que es de minoría) este martes.

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Organismos de derechos humanos han expresado que detener a una persona hasta tres meses sin que haya acusación formal de un delito cometido, supone la violación a los constitucionales de los nicaragüenses y la supresión de las garantías de la presunción de inocencia, así como del debido proceso.

Blandón señaló que el régimen sigue con “la progresiva supresión de los derechos y garantías de las personas que sean sometidos a la persecución Estatal, a través de estas reformas la justicia nicaragüense se va convirtiendo en una justicia inquisitiva”.

El diputado y también abogado, Blandón, explicó que todo procesado tiene derechos, en igualdad de condiciones a garantías mínimas, contempladas en la Constitución y el Código Penal, que están siendo vulneradas por los sandinistas.

La Constitución en su artículo 33 establece el derecho de un detenido “a ser puesto en liberad o a la orden de autoridad competente dentro del plazo de las 48 horas posteriores a su detención”. “No es que se pone a la orden del juez para que se lo regrese a la Policía por 90 días, para que lo tengan privado de su libertad y sin proceso judicial, como pretenden legalizar con esta reforma” al CPP, dijo Blandón.

Los enredos de la diputada Martínez

Ante el gran rechazo que tiene la propuesta del FSLN, sus diputados como la presidenta de la Comisión de Justicia, María Auxiliadora Martínez, trató de minimizar las críticas diciendo que la detención de entre 15 y 90 días será decisión de un juez, sobre todo cuando hayan “delitos graves o complejos”, pero que no detalló. En la iniciativa de la reforma al CPP no se incluye la medida como algo excepcional por el tipo del supuesto delito cometido, sino que sería aplicada en cualquier caso que una persona quedará presa por hasta tres meses, sin estar acusada formalmente.

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Martínez en declaraciones a medios de la propaganda del régimen, dijo que “en ningún momento se está anulando el término de las 48 horas de investigación para poner al reo a la orden” de un juez. Sin embargo reiteró que ahora será competencia del “juez de garantía constitucional, pueda establecer un plazo no menor de 15 días ni mayor de 90 días para que el Ministerio Público pueda ejercer el derecho a una investigación más amplia en casos que amerite, porque no será en todos los casos”, afirmó.

Entre esos casos “complejos” que discrecionalmente el Ministerio Público, según Martínez, podrá pedir la ampliación de la detención de una persona más de las 48 horas, quedando a criterio del juez” decidir “ese plazo en los días que considere conveniente”.

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